En virtud del modelo constitucional y de Estado que demanda la incorporación al ordenamiento jurídico de los instrumentos y tratados internacionales sobre Derechos Humanos -que en caso colombiano aplican el Sistema Universal (SUH) y el Sistema Interamericano (SIDH)-, previsto como bloque de constitucionalidad según el Artículo 93 de la Constitución Política; la Dirección Nacional de Inteligencia ha adoptado en el desarrollo de las funciones de inteligencia y contrainteligencia, la Política Institucional de Derechos Humanos como lineamiento transversal de la Entidad, la cual tiene como objetivo determinar los criterios y parámetros para que la ejecución de las actividades misionales se enmarque en cumplimiento de las obligaciones nacionales e internacionales del Estado en materia de respeto, protección y garantía de los Derechos Humanos.
Es responsabilidad de todas y todos los servidores públicos de la Entidad, apropiarse en sus funciones, según el ámbito de competencia, estos criterios y parámetros en Derechos Humanos que orientan las actividades misionales y administrativas.
La Política Internacional de la Dirección Nacional de Inteligencia afianza la presencia y alcance internacional de la Entidad con el fin de salvaguardar los intereses nacionales, fortalecer la política exterior colombiana y posicionar la Inteligencia Estratégica y Contra inteligencia de Estado como herramienta necesaria en los procesos de toma de decisiones del Consejo de Seguridad Nacional, especialmente de la Presidencia de la República y del Ministerio de Relaciones Exteriores, en cuanto a política exterior se refiere.
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Es principio rector del sector público el servicio a la comunidad, esto implica la atención oportuna y con calidad de los requerimientos de los ciudadanos. Para ello, El Departamento Administrativo Dirección Nacional de Inteligencia dentro del marco legal que regula las actividades de inteligencia y contra inteligencia, adopta los modelos, estrategias y acciones necesarias para:
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El Departamento Administrativo Dirección Nacional de Inteligencia promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en las vías, orientadas principalmente al personal que desempeña actividades de conducción, con el fin de disminuir la probabilidad de ocurrencia de accidentes que puedan afectar la integridad física, mental y social de las personas.
Para el efecto, la Entidad se compromete con la implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial y el cumplimiento de los requisitos legales vigentes que rigen la materia.
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Política de Tratamiento de Datos Personales
Inscripción en el Registro Nacional de Bases de Datos
El Departamento Administrativo Dirección Nacional de Inteligencia fue creado, mediante el Decreto Ley 4179 de 2011, como un organismo civil de seguridad que desarrolla actividades de inteligencia estratégica y contrainteligencia.
De conformidad con el artículo 2° de la Ley 1581 de 2012, las disposiciones contenidas en esa normatividad serán aplicables a los datos personales registrados en cualquier base de datos que los haga susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada.
No obstante, la referida Ley fija como excepciones a la regla que “las bases de datos y archivos que tengan por finalidad la seguridad y defensa nacional”, y “las Bases de datos que tengan como fin y contengan información de inteligencia y contrainteligencia”, no le serán aplicables tales disposiciones.
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