Información sobre decisiones que pueden afectar al público

Última actualización: 

De conformidad con el artículo 36 de la Ley Estatutaria 1621 de 2013, los receptores autorizados para recibir productos de la Entidad son:

  1. El Presidente de la República
  2. Los miembros del Consejo de Seguridad Nacional y, en lo relacionado con las sesiones a las que asistan, los invitados al Consejo de Seguridad Nacional
  3. El Secretario General de la Presidencia de la República, los Ministros y Viceministros, y el Secretario Privado del Presidente de la República en lo relacionado con el cumplimiento de sus funciones
  4. Los miembros de la Comisión Legal de Inteligencia y Contrainteligencia.
  5. Los miembros de la Fuerza Pública de acuerdo con sus funciones y niveles de acceso a la información
  6. Los demás servidores públicos de acuerdo con sus funciones y niveles de acceso a la información de conformidad con el artículo 37 de la presente Ley, y siempre que aprueben los exámenes de credibilidad y confiabilidad establecidos para ello
  7. Los organismos de inteligencia de otros países con los que existan programas de cooperación

Se concluye de lo anterior que la Entidad no emite decisiones que puedan afectar al público.

Scroll to Top