La Inspección General

Supervisamos las actividades de inteligencia.


La Inspección General de la Dirección Nacional de Inteligencia fue concebida como un órgano especializado de supervisión y control a las actividades de inteligencia y contrainteligencia que desarrolla la DNI.

En aras de garantizar la transparencia, independencia y la objetividad en su gestión, el Inspector(a) General es nombrado(a) por el Presidente de la República y por tanto, es funcional como jerárquicamente independiente de la Entidad.

Por tal razón, rinde cuentas de su gestión directamente al Presidente de la República, a través de un informe anual con copia del mismo a la Dirección General de la DNI y a la Comisión legal de Seguimiento a las Actividades de inteligencia y contrainteligencia. Asimismo, presenta al Consejo de Seguridad Nacional un informe sobre el cumplimiento de sus funciones periódicamente o siempre que este así lo requiera.

Funciones del Inspector General

El/la Inspector(a) General podrá iniciar cualquier inspección o verificación por solicitud del Director General o por iniciativa propia.

Para el cumplimiento de sus funciones, el/la Inspector(a) General está facultado para entrevistar a cualquier servidor de la Dirección Nacional de Inteligencia y tener acceso a las órdenes, procesos, registros o documentos de la misma, para lo cual deberá cumplir los procedimientos establecidos en la ley que regule las actividades de inteligencia y los protocolos de seguridad y confiabilidad de la Entidad.

El Decreto 4179 de 2011 reglamentó las funciones del/la Inspector(a) General destacando las siguientes:

01

Cumplimiento de DD. HH.

Asegurar que las actividades misionales se ajusten a la Constitución, la ley y el marco legal que regule dichas actividades, y se enmarquen en el respeto de los derechos humanos.

02

Recomendaciones de Mejora

Informar al Director General sobre cualquier irregularidad y hacer las recomendaciones a las que haya lugar, así como proponer planes de mejoramiento y de gestión de riesgo, y hacer seguimiento a su cumplimiento.

03

Eficiencia y Eficacia

Supervisar que las actividades misionales se desarrollen de manera eficiente y eficaz.

04

Control de Gastos Reservados

Supervisar que el uso de gastos reservados se ajuste a los objetivos misionales de la Entidad.

Listado de Inspectores Generales

Isabel Indira Molina Ariza

2022 – Actualidad

Carlos Alberto Dulce Pereira

2019 – 2022

Nicolás Urrutia Iriarte

2014 – 2019

Pedro Agustín Valencia Laserna

2012 – 2014

Juan Carlos Restrepo Piedrahíta

2011 – 2012

Conoce mas sobre el caso CAJAR

Para conocer más sobre la sentencia puedes visitar el siguiente enlace:

Corte Interamericana de Derechos Humanos

La sentencia del Caso CAJAR y la DNI

¿Por qué la DNI debe acatar la sentencia?

Aunque la DNI no fue señalada como agencia de inteligencia responsable por los hechos objeto de condena en el caso CAJAR, en todo caso, el Estado colombiano pertenece al Sistema Interamericano de Derechos Humanos razón por la cual, le corresponde la Entidad adelantar acciones de No Repetición tendientes a evitar que estos hechos vuelvan a presentarse.

¿Qué ha hecho la Inspección General para apoyar el cumplimiento de la sentencia?

Actualización de manuales e instructivos de la DNI. (política de DDHH, Monitoreo del Espectro electromagnético, entre otros)

Informe de la Verificación 11 de 2024 el cual tuvo por objetivo indagar si la DNI intervino directa o indirectamente en los seguimientos y perfilamientos adelantados desde el año 2011 hasta la actualidad a los miembros del colectivo CAJAR, así como de actividades que presuntamente derivaron en hostigamientos e intrusión en sus domicilios con fines de obtención de información guardada en dispositivos electrónicos y de almacenamiento. Se pudo establecer dentro de los límites razonables que la Entidad no realizó actividades en contra de este colectivo.

La DNI a través de la inspección general participó junto con otros actores, en la construcción de la propuesta del proyecto de ley n°225 de 2024 por el cual se busca reformar la ley 1621 de 2013.

Desea contactar a la Inspección General

Se invita a informar directamente a el/la Inspector(a) General sobre todo acto irregular del que tengan conocimiento en el desarrollo de las funciones de la Entidad. Para tal fin, comuniquese a los canales disponibles de la Inspección General en el siguiente enlace:

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