“De acuerdo con el artículo 41 de la Ley Estatutaria 1621 de 2013 y el Artículo 2.2.3.9.3. del Decreto 1070 de 2015; los servidores públicos pertenecientes a los organismos que desarrollan actividades de inteligencia y contrainteligencia, así como los contratistas de estas Entidades, tendrán la debida protección del Estado. Es así que, para garantizar la protección de los mismos, sus hojas de vida, sus perfiles y/o sus datos, no deberán ser revelados, incorporados, ni publicados en páginas y/o portales electrónicos o web u otros medios similares. Por la excepción de Ley, antes expuesta, lo relativo al Directorio de Funcionarios y Contratistas del Departamento Administrativo Dirección Nacional de Inteligencia, no se publica en este portal.”